La presente Política de Contratación y Vinculación de Talento (en adelante "la Política") establece de manera integral, clara y vinculante las condiciones, modalidades, requisitos, derechos y límites bajo los cuales Confecciones Liss (en adelante "el Taller") incorpora, vincula y gestiona a las personas naturales que prestan servicios de confección, producción textil y actividades relacionadas en favor del Taller, bajo cualquiera de las modalidades establecidas en el Artículo 3 de la presente Política.
El presente documento es de carácter público e informativo. Toda persona natural que participe en un proceso de selección del Taller, preste servicios al Taller bajo cualquier modalidad, o manifieste interés en hacerlo (en adelante "el Aspirante" o "el Colaborador", según la etapa del proceso), declara haber leído, comprendido y aceptado en su integridad, de forma libre, voluntaria e informada, los términos aquí establecidos.
El Taller opera bajo los principios de transparencia, respeto a la dignidad del trabajo y cumplimiento de la legislación salvadoreña aplicable. La presente Política refleja la naturaleza real de las modalidades de vinculación del Taller y no pretende ocultar, disimular ni malinterpretar las condiciones de la relación entre el Taller y sus Colaboradores.
IFilosofía de Vinculación del Taller
1.1 El Taller es un taller artesanal de confección a pequeña escala, especializado en la producción de uniformes médicos, institucionales y prendas personalizadas. Su modelo de operación es de naturaleza flexible, estacional y orientada a la demanda, lo que determina las modalidades de vinculación disponibles.
1.2 El Taller valora profundamente el oficio de la confección y reconoce en sus Colaboradores la fuente principal de su capacidad productiva. En consecuencia, el Taller se compromete a tratar a todo Aspirante y Colaborador con respeto, transparencia y buena fe en todas las etapas de la relación.
1.3 El Taller privilegia la calidad sobre el volumen en la selección de sus Colaboradores. Un equipo pequeño, competente y comprometido es preferible a un equipo numeroso pero heterogéneo en términos de habilidades y responsabilidad.
1.4 La flexibilidad que ofrecen las modalidades de vinculación del Taller es una característica intencional y mutuamente beneficiosa: permite al Colaborador gestionar su propio ritmo de producción y determinar en gran medida sus propios ingresos, y permite al Taller ajustar su capacidad productiva conforme a la demanda estacional.
IIConvocatoria y Proceso de Selección
2.1 PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIAS. Las convocatorias de vinculación del Taller son publicadas de forma abierta y pública a través de los canales oficiales disponibles en: https://www.confeccionesliss.com/links, incluyendo las redes sociales oficiales del Taller (Facebook, Instagram, TikTok y cualquier otro canal oficial listado en dicho directorio). Las convocatorias son de acceso libre y cualquier persona que cumpla los requisitos establecidos en el Artículo 4 puede postularse.
2.2 PROCESO DE POSTULACIÓN. El Aspirante interesado puede iniciar su postulación contactando al Taller a través de los canales oficiales disponibles en https://www.confeccionesliss.com/links, manifestando su interés y proporcionando la información básica solicitada en la convocatoria. No existe un formulario de postulación único ni un proceso burocrático extenso: el Taller valora la iniciativa directa.
2.3 EVALUACIÓN PRÁCTICA. El proceso de selección es eminentemente práctico. El Aspirante que cumpla los requisitos básicos será invitado a realizar una prueba técnica presencial en las instalaciones del Taller, donde demostrará sus habilidades reales de confección. No se evalúa únicamente el currículum ni la experiencia declarada: se evalúa la capacidad técnica real del Aspirante mediante la ejecución de tareas de confección en condiciones similares a las del trabajo ordinario del Taller.
2.4 COMUNICACIÓN DEL RESULTADO. El Taller comunicará al Aspirante el resultado de su evaluación a través de los canales oficiales, sin demoras innecesarias. El Taller no está obligado a justificar la no selección de ningún Aspirante ni a proporcionar retroalimentación detallada sobre el proceso de evaluación, salvo que lo estime conveniente.
2.5 El proceso de selección no genera ningún derecho laboral ni económico para el Aspirante, independientemente de las etapas que haya completado. La participación en el proceso de selección es completamente voluntaria y no implica ningún compromiso de vinculación por parte del Taller.
IIIModalidades de Vinculación Disponibles
3.1 El Taller ofrece dos modalidades de vinculación, claramente diferenciadas en su naturaleza jurídica, condiciones y alcance. Ninguna de las dos modalidades es equivalente a la otra, y el Colaborador tiene pleno conocimiento de cuál aplica a su situación desde el inicio de la relación:
- a) TRABAJO A DESTAJO POR TEMPORADA: Modalidad regulada por el Código de Trabajo de la República de El Salvador en su figura de trabajo a destajo o por obra, aplicable a personas naturales que prestan servicios de confección directamente en las instalaciones del Taller, bajo las condiciones establecidas en el Artículo 5 de la presente Política.
- b) COLABORACIÓN INDEPENDIENTE POR PROYECTO: Modalidad aplicable a personas naturales que prestan servicios especializados de forma autónoma, sin subordinación continuada al Taller, bajo las condiciones establecidas en el Artículo 6 de la presente Política.
3.2 El Taller determinará, conforme a las necesidades operativas de cada momento, cuál modalidad es aplicable a cada vinculación. El Aspirante será informado de la modalidad aplicable antes del inicio de cualquier prestación de servicios.
3.3 La modalidad de vinculación aplicable a cada Colaborador queda establecida desde el inicio de la relación y determina el marco de condiciones, derechos y límites aplicables conforme a los artículos correspondientes de la presente Política.
IVPerfil y Requisitos del Colaborador
4.1 PERFIL GENERAL. El Taller busca personas con vocación real por el oficio de la confección, disposición para el trabajo bajo presión de producción, responsabilidad personal sobre la calidad de su trabajo, disponibilidad efectiva durante las temporadas de mayor demanda, y lealtad hacia los compromisos adquiridos con el Taller.
4.2 REQUISITOS TÉCNICOS INDISPENSABLES. Para ser considerado en cualquier proceso de selección del Taller, el Aspirante debe acreditar, mediante demostración práctica durante la evaluación, el dominio de las siguientes competencias técnicas, todas ellas indispensables e irrenunciables:
- a) EXPERIENCIA EN CONFECCIÓN DE UNIFORMES MÉDICOS O SCRUBS: Mínimo un (1) año de experiencia comprobable en la confección y elaboración de uniformes médicos (conocidos en el sector como «scrubs») en todos sus tipos, tallas y variantes. La experiencia debe ser real y verificable mediante demostración práctica; el Taller no acepta experiencia meramente declarada sin respaldo en la prueba técnica.
- b) MANEJO DE TELAS DIVERSAS: Capacidad demostrada para trabajar con los tipos de tela utilizados por el Taller en su producción habitual, incluyendo sin limitarse a: Sincatex, Lino Oxford, Stretch, Antifluido y otras telas de uso común en la confección de uniformes institucionales. El Colaborador debe conocer el comportamiento, las propiedades y las técnicas específicas de manejo de cada tipo de tela.
- c) MANEJO DE MÁQUINA DE COSER: Dominio técnico comprobado de máquina de coser industrial o doméstica de alta producción, incluyendo regulación de tensión, cambio de aguja, enhebrado y resolución de fallas técnicas básicas durante la jornada de trabajo.
- d) DOMINIO DE CORTE: Habilidad para el corte preciso de tela conforme a patrones y moldes, tanto en corte individual como en corte de múltiples capas para producción en serie.
- e) MANEJO DE BORDADORA O MÁQUINA RANA (OVERLOCK): Conocimiento y dominio del uso de máquina rana (overlock) para la unión y acabado de piezas. Esta competencia es indispensable para la elaboración de uniformes terminados con la calidad que el Taller exige. El manejo de bordadora es igualmente valorado como competencia complementaria.
4.3 REQUISITOS DE ACTITUD Y DISPOSICIÓN. Adicionalmente a los requisitos técnicos, el Taller valora y requiere en sus Colaboradores:
- a) Responsabilidad: cumplimiento de los compromisos de producción acordados sin necesidad de supervisión constante.
- b) Disponibilidad: capacidad real de participar activamente durante las temporadas de mayor demanda, que pueden requerir jornadas de mayor intensidad.
- c) Lealtad: discreción sobre los procesos, clientes, diseños y operaciones del Taller; compromiso con la calidad del trabajo como representación del nombre del Taller.
- d) Tolerancia al trabajo bajo presión: capacidad para mantener la calidad del trabajo en contextos de alta demanda y plazos ajustados, propios de la naturaleza estacional del negocio de confección de uniformes.
4.4 El incumplimiento de cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el numeral 4.2 es causa suficiente para la no selección del Aspirante o para la terminación de la vinculación del Colaborador, sin que ello genere derecho a compensación alguna.
VModalidad A: Trabajo a Destajo por Temporada
5.1 NATURALEZA JURÍDICA. El trabajo a destajo es una modalidad reconocida y regulada por el Código de Trabajo de la República de El Salvador, conforme a la cual la remuneración del trabajador se determina en función de la cantidad de obra o piezas producidas, y no en función del tiempo trabajado. Esta modalidad es de uso extendido en el sector textil y de confección salvadoreño.
5.2 CARÁCTER ESTACIONAL. Las vinculaciones bajo esta modalidad son de carácter estacional y temporal, sujetas a la demanda de producción del Taller en cada período. El Taller no garantiza continuidad de trabajo entre temporadas ni volumen mínimo de producción en ningún período.
5.3 REMUNERACIÓN POR PIEZA. La remuneración del Colaborador bajo esta modalidad se calcula conforme al siguiente esquema:
- Valor por uniforme completo terminado: cinco dólares (USD $5.00) por unidad. Los precios por otras piezas pueden variar y se acordarán con la persona autorizada.
- Producción habitual de un Colaborador experimentado: entre tres (3) y siete (7) uniformes por jornada, lo que representa un ingreso diario estimado de entre USD $15.00 y USD $35.00, superando el salario mínimo vigente para el sector textil en El Salvador (USD $12.00 por jornada ordinaria a la fecha de publicación).
El ingreso real del Colaborador depende exclusivamente de su propia productividad, habilidad y tiempo efectivo dedicado al trabajo. El Taller no garantiza un ingreso mínimo diario, semanal ni mensual bajo esta modalidad.
5.4 AUTONOMÍA EN LA JORNADA. El Colaborador bajo esta modalidad tiene plena autonomía para determinar el momento de inicio de su jornada dentro del horario de operación del Taller:
- Lunes a Viernes: 8:00 AM a 5:00 PM
- Sábados: 8:00 AM a 12:00 PM (mediodía)
No existe marcaje de entrada obligatorio ni penalización por inicio tardío. Sin embargo, el Colaborador asume que las horas no trabajadas dentro del horario disponible impactan directamente en su producción y, en consecuencia, en su remuneración.
5.5 INSTALACIONES Y HERRAMIENTAS. El trabajo bajo esta modalidad se presta en las instalaciones del Taller, ubicadas en Barrio La Merced, 5ª Calle Poniente y 1ª Avenida Sur, Casa #402, San Miguel, El Salvador. El Taller pone a disposición del Colaborador el espacio de trabajo y los equipos necesarios para la confección. El Colaborador es responsable del cuidado y uso adecuado de los equipos, materiales e instalaciones del Taller.
5.6 CALIDAD DE LA PRODUCCIÓN. El Colaborador es responsable de la calidad del trabajo que produce. Las prendas que presenten defectos de confección atribuibles al Colaborador — costuras defectuosas, cortes imprecisos, acabados inadecuados — serán señaladas por el Taller para su corrección. Las correcciones requeridas por defectos propios del Colaborador no generan remuneración adicional y son responsabilidad exclusiva del Colaborador.
5.7 PAGO DE LA REMUNERACIÓN. El pago de la remuneración a destajo se realizará conforme a la periodicidad y modalidad acordada entre el Taller y el Colaborador al inicio de la vinculación, a través de los medios de pago habilitados por el Taller. El Colaborador recibirá información sobre la periodicidad de pago al inicio de cada temporada de trabajo.
5.8 TERMINACIÓN DE LA VINCULACIÓN. La vinculación bajo esta modalidad puede ser terminada por cualquiera de las partes, con o sin expresión de causa, conforme a la naturaleza estacional y temporal de la relación. La terminación de la vinculación por parte del Taller al final de una temporada no genera derecho a compensación adicional más allá de la remuneración por piezas efectivamente producidas y no pagadas hasta la fecha de terminación.
VIModalidad B: Colaboración Independiente por Proyecto
6.1 NATURALEZA JURÍDICA. La colaboración independiente es una modalidad en la que el Colaborador presta servicios especializados al Taller de forma autónoma, sin subordinación continuada, sin integración permanente al proceso productivo del Taller, y con plena independencia en cuanto a sus métodos, tiempos y lugar de trabajo, conforme a los términos específicos de cada proyecto o encargo.
6.2 CARACTERÍSTICAS DISTINTIVAS. La colaboración independiente se distingue del trabajo a destajo en los siguientes aspectos:
- a) El Colaborador independiente no está obligado a prestar sus servicios en las instalaciones del Taller, salvo que el proyecto específico así lo requiera y sea acordado expresamente.
- b) El Colaborador independiente determina sus propios métodos de trabajo, herramientas y procesos, siempre que el resultado final cumpla los estándares de calidad del Taller.
- c) La relación está definida por proyecto o encargo específico, con inicio y fin determinados, sin continuidad automática entre proyectos.
- d) El Colaborador independiente puede prestar servicios simultáneos a otros talleres, marcas o clientes, salvo acuerdo de exclusividad expresamente suscrito.
6.3 CONDICIONES ESPECÍFICAS. Las condiciones de remuneración, plazos, entregables, estándares de calidad y cualquier otro aspecto relevante de cada proyecto de colaboración independiente serán acordados entre el Taller y el Colaborador independiente de forma específica para cada encargo, y constarán por escrito a través de los canales oficiales del Taller o mediante documento suscrito por ambas partes.
6.4 CONFIDENCIALIDAD. El Colaborador independiente se compromete a mantener estricta confidencialidad sobre los diseños, patrones, clientes, procesos y cualquier otra información comercial del Taller a la que tenga acceso en el marco de la colaboración. Este compromiso de confidencialidad se extiende indefinidamente más allá de la terminación del proyecto.
6.5 PROPIEDAD INTELECTUAL. Los diseños, patrones, fichas técnicas y cualquier otro desarrollo intelectual generado por el Colaborador independiente en el marco de un encargo del Taller son propiedad exclusiva del Taller, salvo acuerdo expreso contrario. El Colaborador independiente renuncia expresamente a cualquier derecho patrimonial sobre dichos desarrollos desde el momento en que los genera en el marco de la colaboración.
6.6 TERMINACIÓN. La colaboración independiente termina automáticamente al completarse el proyecto o encargo para el que fue establecida, sin que ello genere ningún derecho a continuidad, indemnización ni compensación adicional más allá de la remuneración acordada para el proyecto específico.
VIICondiciones Comunes a Ambas Modalidades
7.1 CONDUCTA Y ÉTICA. Todo Colaborador, bajo cualquier modalidad, tiene el deber de:
- a) Tratar con respeto a los demás Colaboradores, al personal del Taller y a los clientes con quienes pudiera tener contacto en el marco de su trabajo.
- b) Mantener confidencialidad sobre la información comercial, los diseños, los clientes y los procesos del Taller.
- c) Cuidar los equipos, materiales e instalaciones del Taller con la misma diligencia con que cuidaría los propios.
- d) Comunicar al Taller de forma oportuna cualquier situación que pudiera afectar su disponibilidad, la calidad de su trabajo o el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
- e) Abstenerse de divulgar, reproducir, vender ni transferir a terceros ningún diseño, patrón, ficha técnica ni información comercial del Taller.
7.2 PROPIEDAD DE LOS MATERIALES. Los materiales, telas e insumos proporcionados por el Taller para la producción son propiedad exclusiva del Taller. El Colaborador no puede utilizar dichos materiales para fines distintos a los asignados por el Taller, ni retirarlos de las instalaciones sin autorización expresa.
7.3 USO DE IMAGEN. El Taller puede fotografiar o registrar en video el trabajo realizado en sus instalaciones con fines de portafolio, publicidad y documentación, conforme a la Política de Fotografía y Uso de Imagen. El Colaborador que no desee ser incluido en dicho material tiene el deber de comunicarlo al Taller de forma expresa y por escrito.
7.4 CANALES DE COMUNICACIÓN. Toda comunicación entre el Colaborador y el Taller relacionada con la vinculación — incluyendo consultas, acuerdos, reportes de producción e inconformidades — debe realizarse a través de los canales oficiales disponibles en: https://www.confeccionesliss.com/links.
VIIIDeclaración sobre Beneficios y Condiciones Adicionales
8.1 El Taller opera como un taller artesanal de confección de pequeña escala, con un modelo de producción flexible y estacional. Las modalidades de vinculación establecidas en la presente Política reflejan fielmente la naturaleza real de la operación del Taller y las posibilidades reales dentro de su estructura.
8.2 El Taller no ofrece, en el marco de las modalidades de vinculación establecidas en la presente Política, los siguientes beneficios, salvo que sean expresamente acordados por escrito y de forma específica con el Colaborador mediante instrumento suscrito por el Taller:
- — Salario fijo mensual o quincenal garantizado.
- — Vacaciones remuneradas periódicas garantizadas.
- — Aguinaldo garantizado.
8.3 Lo que el Taller sí ofrece, como condiciones propias de las modalidades de vinculación establecidas en la presente Política:
- a) Remuneración directa y oportuna por la producción efectivamente realizada, conforme a las tarifas acordadas.
- b) Autonomía real sobre la jornada y el ritmo de trabajo, que permite al Colaborador determinar en gran medida sus propios ingresos.
- c) Ambiente de trabajo en instalaciones del Taller con los equipos necesarios para la producción.
- d) Trato respetuoso, digno y de buena fe en todas las interacciones.
- e) Posibilidad de ingresos diarios que, conforme a la productividad del Colaborador, superan el salario mínimo sectorial vigente.
8.4 El Aspirante que considere que las condiciones de las modalidades de vinculación disponibles no se ajustan a sus expectativas o necesidades tiene plena libertad de no postularse o de no aceptar la vinculación. La vinculación es completamente voluntaria y ninguna persona está obligada a aceptarla. La aceptación de la vinculación implica la comprensión y aceptación plena de las condiciones aquí establecidas.
IXNo Discriminación en el Proceso de Selección
9.1 El Taller no discrimina en sus procesos de selección por razón de sexo, género, edad, origen étnico, condición de salud, estado civil, religión, opinión política ni ninguna otra condición personal ajena a las competencias técnicas y actitudinales requeridas para el desempeño del trabajo.
9.2 El único criterio determinante para la selección o no selección de un Aspirante es su capacidad técnica demostrada conforme a los requisitos del Artículo 4, su disposición y actitud conforme al perfil descrito, y la disponibilidad de oportunidades de vinculación en el momento de la postulación.
XExención de Responsabilidad del Taller
10.1 El Taller queda expresamente eximido de responsabilidad en los siguientes supuestos, sin que esta lista sea limitativa:
- a) Ingresos no alcanzados por el Colaborador derivados de su propio ritmo de producción, ausencias, llegadas tardías o cualquier otra causa atribuible al Colaborador bajo la modalidad a destajo.
- b) Accidentes o incidentes ocurridos en las instalaciones del Taller derivados del incumplimiento por parte del Colaborador de las normas básicas de seguridad y cuidado en el uso de equipos.
- c) Inconformidades del Colaborador con las condiciones de vinculación que fueron de su pleno conocimiento antes del inicio de la relación, conforme a la presente Política.
- d) Terminación de la vinculación al concluir la temporada o el proyecto para el que fue establecida, conforme a la naturaleza temporal y estacional de las modalidades de vinculación.
- e) Expectativas del Colaborador sobre condiciones de vinculación que no estén expresamente reconocidas en la presente Política o en el acuerdo específico de vinculación.
XIRelación con Otras Políticas del Taller
11.1 La presente Política forma parte integral del marco normativo de Confecciones Liss y debe leerse en conjunto con:
- — Política de Fotografía y Uso de Imagen: https://www.confeccionesliss.com/legal/fotografia
- — Política de Comunicaciones Comerciales: https://www.confeccionesliss.com/legal/comunicaciones
- — Política de Deberes del Usuario: https://www.confeccionesliss.com/legal/deberes
- — Política de Resolución de Disputas: https://www.confeccionesliss.com/legal/disputas
- — Términos y Condiciones de Uso: https://www.confeccionesliss.com/legal/terminos
- — Directorio de canales oficiales: https://www.confeccionesliss.com/links
XIIJurisdicción y Legislación Aplicable
12.1 La presente Política se rige por la legislación de la República de El Salvador, incluyendo el Código de Trabajo, el Código Civil y el Código de Comercio, en lo que sea aplicable a cada modalidad de vinculación.
12.2 Toda controversia derivada de la aplicación, interpretación o incumplimiento de la presente Política se resolverá en primera instancia mediante diálogo directo de buena fe entre el Colaborador y el Taller, conforme al principio establecido en el Artículo 1 de la presente Política.
12.3 De no alcanzarse un acuerdo, la controversia se someterá a los organismos e instancias competentes de la República de El Salvador conforme a la naturaleza de la disputa y la legislación aplicable.
XIIIModificaciones a la Política
13.1 El Taller se reserva el derecho de modificar la presente Política en cualquier momento, publicando la versión actualizada en: https://www.confeccionesliss.com/legal.
13.2 Las modificaciones aplicarán a las vinculaciones iniciadas con posterioridad a su publicación. Las vinculaciones en curso se regirán por la versión vigente al momento de su inicio, salvo acuerdo expreso entre las partes.
XIVDivisibilidad
14.1 Si alguna disposición de la presente Política fuera declarada inválida o inaplicable por autoridad competente, las restantes disposiciones continuarán en plena vigencia. La disposición inválida será reemplazada por una válida que se aproxime al máximo a la intención original.
XVResumen para el Aspirante — Guía Rápida
¿Qué buscamos?
- Confeccionistas con mínimo 1 año de experiencia en scrubs/uniformes médicos.
- Dominio de máquina de coser, corte y máquina rana (overlock).
- Responsables, disponibles y con tolerancia al trabajo bajo presión de producción.
¿Cómo aplicar?
A través de los canales oficiales: https://www.confeccionesliss.com/links
¿Cuánto se gana?
- USD $5.00 por uniforme completo terminado (scrub).
- Producción habitual: 3 a 7 uniformes por día.
- Ingreso estimado: USD $15 a $35 por día trabajado.
- Por encima del salario mínimo sectorial de USD $12.00/día.
- Precio exclusivo para scrubs completos; otras piezas (pantalón, filipina) se acuerdan con la persona autorizada.
Horario de referencia
- Lunes a Viernes: 8:00 AM – 5:00 PM
- Sábados: 8:00 AM – 12:00 PM
- Ingresa en el horario que mejor te acomode, sin marcaje obligatorio.
Modalidades disponibles
- A) Trabajo a destajo por temporada — en instalaciones del Taller.
- B) Colaboración independiente por proyecto — de forma autónoma.
Confecciones Liss — Contacto Oficial
WhatsApp oficial: +503 7331-7181 | Encargado de Comunicaciones: Carlos José Molina Villacorta (+503 7329-4499)
Dirección: Barrio La Merced, 5ª Calle Poniente y 1ª Avenida Sur, Casa #402, San Miguel, El Salvador.
Horario: Lunes a Sábado, 8:00 AM – 5:00 PM
Toda gestión exclusivamente a través de: https://www.confeccionesliss.com/links
